Qué es el Impuesto sobre el Valor Añadido en las viviendas de obra nueva

13 de diciembre de 2023
viviendas obra nueva

Las viviendas de obra nueva son un gran reclamo para aquellas familias que quieren formar un nuevo hogar y que quieren hacerlo teniendo en cuenta aspectos como la sostenibilidad, la eficiencia energética, la personalización y la domótica, entre otros.

A la hora de adquirir esta tipología de viviendas, debes saber que cuentan con una serie de peculiaridades a nivel fiscal en comparación con la compra de una propiedad de segunda mano. Así pues, los tributos a pagar por una vivienda de obra nueva son distintos. En estas transacciones habrá que hacerse cargo del Impuesto sobre el Valor Añadido.

¿Qué es el Impuesto sobre el Valor Añadido?

El Impuesto sobre el Valor Añadido – más conocido como IVA – constituye una carga fiscal que se aplica al consumo en diversos sectores, entre los que se incluye también la adquisición de servicios.

Esta tasa es obligatoria en la mayoría de los países y se implementa en toda la Unión Europea. En cada transacción comercial, los involucrados deben considerar el IVA al emitir facturas o al determinar el coste total del precio de los productos.

El IVA en las viviendas de obra nueva

El IVA únicamente se aplica a los inmuebles recién construidos, no a las propiedades de segunda mano. En cambio, estas deben hacer frente al Impuesto de Transacciones Patrimoniales, ITP.

Conforme a la Ley 37/1992 – del 28 de diciembre – acerca del Impuesto sobre el Valor Añadido:

  • “Los compradores de propiedades nuevas destinadas principalmente a viviendas deben abonar el tipo impositivo vigente en el momento de la transacción. Esto se aplica a edificaciones donde, al menos, el 50% de la superficie construida se destina a inmueble e incluye garajes y anexos transmitidos conjuntamente (siempre que el número de plazas de garaje designadas a cada propietario no supere las dos unidades)”.

En España, el IVA en las viviendas de obra nueva es del 10% del valor de la propiedad. El comprador realiza el pago al vendedor, quien se encarga de ingresarlo en la Hacienda Pública.

¿Hay excepciones en el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido?

La respuesta es sí. Existen casos especiales en el desembolso de esta tasa:

Las propiedades sujetas a regímenes específicos, como las clasificadas como protección oficial – comúnmente conocidas como VPO – o aquellas que forman parte de promociones públicas, disfrutan de una reducción del IVA, que puede llegar hasta el 4%.

Otros gastos a abonar al comprar un inmueble

Como hemos mencionado anteriormente, los tributos que deben pagarse difieren al adquirir una vivienda de obra nueva, ya que se considera una transacción comercial, a diferencia de la compra de una propiedad de segunda mano, que se clasifica como una transmisión patrimonial.

Eso sí, al adquirir un inmueble – ya sea de nueva construcción o de segunda mano – hay otros gastos que deben tenerse en cuenta. ¿Cuáles?

  • Gastos de notaría: el coste de formalizar la compraventa de la vivienda ante notario está regulado y varía entre el 0,2% y el 0,5%.
  • Costes de inscripción en el registro: al inscribir la propiedad recién adquirida en el Registro de la Propiedad, se debe abonar una tasa que oscila entre el 0,1% y el 0,25% del valor del inmueble.
  • Pago de la gestoría: las gestorías suelen cobrar por llevar a cabo los trámites administrativos necesarios en una compraventa.
  • Valor de la tasación: si es necesario contratar una hipoteca para financiar la vivienda, se deben pagar, por ley, los gastos de tasación de la propiedad, así como la copia de la escritura hipotecaria.
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