Código de Conducta

Índice
MENSAJE DE LOS SOCIOS FUNDADORES DE GRUPO ELIX.
ARTÍCULO 1.- ÁMBITO SUBJETIVO DEL PRESENTE CÓDIGO
ARTÍCULO 2.- ÁMBITO OBJETIVO.
ARTÍCULO 3.- PRINCIPIOS Y VALORES.
ARTÍCULO 4.- ÁMBITO RELACIONAL.
ARTÍCULO 4.1. RELACIÓN CON SUS MIEMBROS Y COLABORADORES
ARTÍCULO 4.2. RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CLIENTES.
ARTÍCULO 4.3. RELACIÓN CON FUNCIONARIOS PÚBLICOS NACIONALES E INTERNACIONALES.
ARTÍCULO 4.4. RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y USO DE REDES SOCIALES.
ARTÍCULO 4.5 RELACIÓN CON PARTIDOS POLÍTICOS.
ARTÍCULO 4.6 RELACIÓN CON TERCEROS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATADOS.
ARTÍCULO 5.- TRANSPARENCIA FINANCIERA Y COBRANZA HONESTA.
ARTÍCULO 6.- ACEPTACIÓN Y REALIZACIÓN DE REGALOS E INVITACIONES.
ARTÍCULO 6.1 ACEPTACIÓN DE REGALOS E INVITACIONES.
ARTÍCULO 6.2 REALIZACIÓN DE REGALOS.
ARTÍCULO 7.- CONFLICTOS DE INTERÉS
ARTÍCULO 7.1. PERSONAS VINCULADAS.
ARTÍCULO 7.2 REGLAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE CONFLICTO DE INTERESES.
ARTÍCULO 8.- IMAGEN Y REPUTACIÓN CORPORATIVA.
ARTÍCULO 9.- USO DE ACTIVOS.
ARTÍCULO 10.- ACCESO A LOS ACTIVOS.
ARTÍCULO 11.- PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INTELECTUAL O INDUSTRIAL.
ARTÍCULO 12.- SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.
ARTÍCULO 13.- PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.
ARTÍCULO 14.- RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA.
ARTÍCULO 15.- CUMPLIMIENTO Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
ARTÍCULO 16.- CANAL DE COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 17.- INTERDICCIÓN DE REPRESALIAS.
ARTÍCULO 18.- VIGENCIA Y REVISIÓN.
ANEXO 1

Mensaje de los Socios Fundadores de Grupo Elix.

En GRUPO ELIX apostamos por operar con ética e integridad, lo que significa que entre todos los integrantes y colaboradores de la compañía seamos capaces de generar un óptimo ambiente donde trabajar. Donde prime la transparencia, el respeto a la legalidad, a los estándares de calidad, de seguridad y dignidad en el trabajo.En GRUPO ELIX trabajamos para ser un referente nacional e internacional en el sector de la construcción y la promoción inmobiliaria y ello implica también serlo a nivel ético.

Es nuestro deber asegurarnos que, día a día, tratamos a nuestros compañeros, socios, clientes, proveedores, colaboradores, entidades competidoras, medios de comunicación y Administración Pública de una manera justa, legal y digna.

Por su parte, los servicios que ofrecemos además de enfocarse a la innovación, productividad, competitividad y la sostenibilidad, tienen que adecuarse a los estándares de calidad, protección del medio ambiente, ordenación del territorio, salud y seguridad en el trabajo y, la responsabilidad social corporativa

El presente documento representa el principal pilar de nuestro Programa de Compliance y está llamado a convertirse en nuestra Guía de conducta. Debemos apoyarnos en él y garantizar su correcta aplicación.

Con vuestra colaboración, estoy seguro de que GRUPO ELIX seguirá mereciendo la confianza y el reconocimiento de nuestro sector, consiguiendo que estos principios y valores perduren en el tiempo, tal y como lo llevamos haciendo hasta ahora.

Agradecemos de antemano que os unáis a nosotros en este espíritu y forma de trabajar.
Un cordial saludo,
Grupo ELIX

Artículo 1.- Ámbito subjetivo del presente Código.

El presente Código será respetado y aplicado por todas las sociedades que forman parte de GRUPO ELIX y, que se adjunta como ANEXO 1.
Este Código es de obligado cumplimiento para todos los integrantes, presentes y futuros, de las entidades que integran el Grupo ELIX, independientemente de la posición jerárquica o la ubicación geográfica de que se trate, abarcando a socios, directivos, empleados, miembros y colaboradores en general, sea por contrato laboral, mercantil, formativo, convencional u otros.

Asimismo, los miembros que actúen como representantes de Grupo ELIX en sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones u otras entidades, observarán este Código en el ejercicio de tal actividad y promoverán la aplicación de sus valores, políticas y normas de conducta.

El presente Código es extensivo a todas aquellas entidades participadas o sobre las que Grupo ELIX tenga un control efectivo o bien ocupe cargos en los órganos de administración y gobierno; así como a toda persona física o jurídica relacionada con la organización, tales como proveedores, clientes, medios de comunicación, empresas subcontratadas u otros, esperando que los mismos cumplan estos principios y se definan a sí mismos como personas o empresas con valores éticos.

Artículo 2.- Ámbito objetivo.

Por medio del presente, se establecen estándares de comportamiento ético a través de principios de actuación que GRUPO ELIX debe aplicar en todos los ámbitos de su actividad, con el fin de instaurar una cultura de cumplimiento entre sus miembros, mediante la promoción de buenas prácticas, principios y valores. Por ello, cualquier política o procedimiento interno que se desarrollen, se interpretará de acuerdo con el espíritu de este Código de Conducta.

Este Código de Conducta responde, asimismo, a la reciente necesidad de prevención penal impuesta en el ámbito de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Sin embargo, no reemplaza otras políticas internas implementadas o a implementar, ya que tiene por finalidad proporcionar un conjunto de principios y reglas que inspiren y reflejen el espíritu de GRUPO ELIX. Directrices y políticas que deben regir el comportamiento ético y responsable de todos los administradores, directores, empleados y colaboradores de la Compañía en el desarrollo de su actividad.

El cumplimiento normativo no debe limitarse únicamente a acatar la ley. El comportamiento ético es la base de todas las decisiones y actuaciones de la entidad, a fin de que las mismas se lleven a cabo de manera íntegra. Y esta integridad también será exigible a los terceros con los que la entidad se vincule, procurando una relación limpia y transparente con los mismos.

Por lo tanto, el éxito de este proyecto depende de todos, motivo por el cual este Código y las políticas que en su virtud se desarrollen, deben ser conocidos, entendidos y respetados por todos aquellos que se vinculen con GRUPO ELIX, sea cual sea la relación mercantil o laboral que los una.
Sólo con el firme compromiso de todos puede inculcarse una cultura de cumplimiento.

Las conductas recogidas en este Código no pretenden contemplar la totalidad de situaciones o circunstancias con las que los integrantes de GRUPO ELIX pueden encontrarse, sino contemplar unas pautas generales de conducta que les indicarán como actuar durante el desempeño de su actividad profesional.
Siendo que este Código de Conducta forma parte del sistema de normas de GRUPO ELIX, para su eficaz difusión se deberá traducir a los idiomas que fueren necesarios para que todos los miembros del Grupo y terceros que se vinculen a ella, comprendan su alcance y contenido.

Corresponderá que el presente Código de Conducta, así como la totalidad del Programa de Compliance Penal en el que se integra, sea monitorizado por un COMITÉ DE CUMPLIMIENTO constituido a tal efecto. Dicho órgano supervisará, controlará e intentará prevenir la realización de conductas delictivas y contrarias a los estándares éticos y morales que imperan en esta organización.

Artículo 3.- Principios y Valores.

Este Código de Conducta se basa en los siguientes principios y valores:

  1. Integridad:
    • La integridad en los negocios significa que en todas las actividades realizadas por Grupo ELIX deberán primar elevados estándares éticos, trabajar con honestidad e inspirando confianza, con un comportamiento coherente e inquebrantable, velando en todo momento por la buena reputación de la organización.
      Las normas legales varían con el tiempo, por eso es necesario reevaluar constantemente el comportamiento exigible en los negocios. Ajustarse a criterios de integridad resulta imprescindible para el éxito de Grupo ELIX y cada miembro y colaborador debe contribuir con ello. Grupo ELIX trabaja intensamente para que sus miembros tengan la información, instrucción, orientación y el apoyo que necesitan para cumplir las normas sobre integridad en los negocios.
  2. Transparencia:
    • Transmitir transparencia es una forma de conseguir un clima de confianza, veracidad y seguridad. La transparencia debe ser el eje central que ha de regir la competitividad de la organización.
      Las relaciones de Grupo ELIX con sus clientes, proveedores, colaboradores, miembros, competencia, medios de comunicación y Administraciones Públicas, entre otros, se desarrollarán bajo los principios de cooperación y transparencia. Grupo ELIX informará de forma veraz, adecuada, útil y congruente sobre sus fines, actividades y proyectos. La transparencia en la información es un principio básico que debe regir la actuación de todos los integrantes del Grupo. Grupo ELIX manifiesta su firme rechazo a las prácticas que puedan considerarse irregulares en el desarrollo de sus relaciones con proveedores, clientes, funcionarios públicos, etc.
  3. Cumplimiento normativo:
    • Grupo ELIX se compromete en todo momento a actuar conforme a la normativa vigente. Asimismo, todos los miembros y colaboradores de Grupo ELIX estarán comprometidos con las políticas y procedimientos internos, y es labor de sus socios y directivos el dar a conocer esas obligaciones y protocolos internos a todos ellos, controlando que se cumplan estrictamente. El comportamiento de los miembros y colaboradores se ajustará al espíritu y a la letra de este Código.
  4. Privacidad y Confidencialidad:
    • Grupo ELIX respeta y garantiza el cumplimiento de su obligación de proteger los datos de carácter personal de todos sus integrantes, como así también de las terceras partes con las que se relaciona. Por ello se compromete a no divulgar datos de carácter personal, salvo consentimiento expreso y en los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas; y asume el compromiso de adoptar las medidas necesarias para asegurar que la información esté protegida y almacenada en un lugar seguro, cualquiera que sea su formato, físico o electrónico, frente a cualquier riesgo interno o externo de acceso no consentido, manipulación o destrucción, tanto intencionada como accidental.
    • La información no pública que sea propiedad de Grupo ELIX tiene la consideración de reservada y confidencial, por lo tanto, todos los integrantes de la organización tienen la obligación de proteger la información jurídica, técnica, comercial y financiera de la misma, como así también los datos personales de terceros a disposición de los miembros y colaboradores, asumiendo el compromiso de mantener la confidencialidad de la información a la que se tiene acceso y de prevenir su mal uso.
    • En caso de cese de la relación laboral o profesional, el miembro o colaborador deberá devolver toda aquella información confidencial de que disponga, incluyendo los documentos y medios o dispositivos de almacenamiento, así como la información almacenada en su terminal informática, teléfono móvil o cualquier otro soporte.
    • Todas las obligaciones en materia de confidencialidad y tratamiento de datos personales, subsistirán una vez extinguida la relación laboral.
  5. Independencia:
    • La independencia constituye un principio básico de calidad de la actividad. En congruencia con ello, todos los miembros de Grupo ELIX se abstendrán de participar en asuntos en los que, de forma directa o indirecta, puedan verse afectados sus intereses personales, familiares o los de las personas pertenecientes a su círculo de amistades íntimas. En caso de conflicto de intereses, se procederá conforme con lo expuesto en el artículo 7 del presente Código.
  6. Profesionalidad y rigurosidad técnica:
    • Los miembros de Grupo ELIX aplicarán en todas sus actuaciones criterios profesionales objetivos, con la diligencia y la calidad necesaria para garantizar la excelencia en la prestación de sus servicios. Calidad técnica, profesionalidad, rigor y excelencia son las cualidades que los miembros que integran esta organización deben poseer para llevar a cabo su actividad de la manera más productiva, competitiva y sostenible.
  7. Competencia leal:
    • Grupo ELIX vela por el respeto a los competidores, cumpliendo con las leyes aplicables en materia de competencia y derechos de los consumidores. Los colaboradores y miembros de la organización evitarán actuaciones desleales, tales como abuso de información confidencial, acuerdos colusorios de fijación de precios, de reparto del mercado, participación en monopolios o abusos de posición dominante, así como cualquier otra conducta que atente contra la libre y sana competencia.
  8. Compromiso con derechos constitucionales:
    • Grupo ELIX manifiesta su compromiso y vinculación con los derechos constitucionales, tales como derecho de opinión, asociación, expresión, intimidad, imagen, secreto de las comunicaciones y dignidad de sus colaboradores, con el alcance y contenido que el Tribunal Constitucional les confiere en el ámbito laboral. Estos principios se aplican a todos los aspectos de la relación laboral desde la contratación, la asignación de tareas y destinos, la promoción, la remuneración y las medidas disciplinarias hasta la terminación del contrato.
  9. Igualdad de oportunidades:
    • Grupo ELIX promueve la justicia e igualdad de condiciones y de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación, a la retribución, a la movilidad y a las demás condiciones de trabajo.
    • Se promulga la cultura del mérito y el esfuerzo, la objetividad y la superación personal.
    • Grupo ELIX tiene como uno de sus valores primordiales el talento y la profesionalidad de sus colaboradores, por ello apuesta por realizar una selección de personal basada en la formación, experiencia y los méritos personales.
  10. No discriminación:
    • Grupo ELIX promueve la no discriminación por razón de raza, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social de sus miembros, así como la igualdad de oportunidades entre ellos. Grupo ELIX rechaza cualquier manifestación de violencia, de acoso físico, sexual, psicológico, moral u otros que generen un entorno intimidatorio u ofensivo para los derechos personales de sus colaboradores y adopta las medidas necesarias para prevenir conductas de esta naturaleza o poner fin a las mismas una vez detectadas.
  11. Neutralidad política y religiosa:
    • Grupo ELIX no se adscribe a ninguna ideología o tendencia política, ni religiosa, por lo que, sin perjuicio del respeto a los derechos constitucionales de sus miembros, de libertad de expresión y de libertad ideológica y religiosa, se rechazará cualquier conducta o práctica de éstos que vincule o pueda vincular a Grupo ELIX con una corriente política o religiosa concreta. La vinculación, pertenencia o colaboración de los miembros y colaboradores con partidos políticos o con otro tipo de entidades, instituciones o asociaciones con fines públicos e instituciones religiosas, se realizará de tal manera que quede claro su carácter personal, evitándose así cualquier relación con GRUPO ELIX.
  12. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral:
    • Grupo ELIX respeta la vida personal y familiar de sus colaboradores y se compromete a fomentar una armonización de las responsabilidades laborales y familiares de sus miembros de forma responsable, donde prime la igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres, implementando medidas que sean efectivas y satisfagan las necesidades reales de sus miembros, conforme a la normativa aplicable.

Artículo 4.- Ámbito relacional.

Artículo 4.1. Relación con sus miembros y colaboradores.

La contratación de miembros y colaboradores internos de Grupo ELIX, se realiza con arreglo a los principios de mérito y capacidad. Asimismo, tal y como previene la normativa desarrollada por la Ley 10/2010 sobre Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, norma de obligada observancia por la entidad en cuanto a su actividad de Promoción y gestión inmobiliaria, las contrataciones se realizarán garantizando en todo momento los debidos estándares éticos.

La organización considera a las personas su pilar fundamental y, por ello, defiende y garantiza el cumplimiento de los derechos humanos y laborales. Asume el compromiso de aplicar la normativa vigente y buenas prácticas en materia de condiciones de empleo, salud y seguridad en el puesto de trabajo.

Grupo ELIX garantiza a todos sus colaboradores y miembros los derechos contemplados en el Estatuto de los Trabajadores, así como todos los derechos que se deriven del contrato de trabajo específico. Asimismo, garantiza un ambiente de trabajo seguro y saludable.

Todos los miembros de Grupo ELIX deben actuar, en sus relaciones laborales con otros colaboradores y miembros, respetando su dignidad, sus valores y cultura, evitando circunstancias de violencia, acoso, abuso u otras circunstancias de discriminación por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, género u otras condiciones personales o sociales. Asimismo, se debe velar por la integración laboral de colaboradores que padezcan alguna discapacidad o minusvalía.

Por otro lado, los colaboradores y miembros no podrán realizar conductas como las que se detallan a continuación:

  • I. Comportamientos que puedan implicar un aprovechamiento, daño o perjuicio de la imagen y/o reputación de Grupo ELIX o de cualquiera de sus miembros.
  • II. Actitudes que revelen, al exterior y/o a terceros ajenos a GRUPO ELIX, cualquier tipo de información concerniente a la práctica de los miembros, así como la relacionada con su desarrollo personal y familiar y, especialmente, con sus datos personales o contractuales.

Artículo 4.2. Relación con proveedores y clientes.

que garanticen la igualdad de oportunidades, evitando tratos de favor o interferencia de conflictos en los procesos de selección.
Grupo ELIX exige a sus proveedores un nivel de compromiso adecuado con prácticas socialmente responsables que sean compatibles con este Código de Conducta.

Todas las peticiones de aprovisionamiento externo y compras que se realicen deben seguirse con la máxima transparencia, evitando cualquier trato de favor.
No se permite participar ni influir en los procedimientos para la contratación de productos o servicios con compañías o personas con las que los colaboradores y miembros tengan algún vínculo económico o familiar. La concurrencia de estas circunstancias será elevada al COMITÉ DE CUMPLIMIENTO de Grupo ELIX por el miembro, tan pronto tenga noticia de ella.

La transmisión de valores y la generación de un diálogo honesto y transparente con los clientes son los principios que rigen el desarrollo de la actividad de Grupo ELIX.

Todos los integrantes de la organización se relacionarán con los clientes de forma lícita, ética y respetuosa. Se debe procurar tener una actitud abierta y empática a las sugerencias que transmite el cliente y una permanente disposición a adoptar cuantas actuaciones fuesen precisas para aclarar dudas y corregir deficiencias y errores, como así también para introducir las mejoras pertinentes en la actividad.

Artículo 4.3. Relación con funcionarios públicos nacionales e internacionales.

Las relaciones con la Administración Pública, integrantes del Poder Judicial y los organismos reguladores, se plantean bajo los principios de cooperación y transparencia. Los colaboradores y miembros de Grupo ELIX se relacionarán con las autoridades e instituciones públicas y judiciales de forma lícita y ética, rigiéndose siempre por los procedimientos oficialmente establecidos por el sector público, respetando las normas y previniendo cualquier conducta de corrupción.

Queda expresamente prohibido ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, regalos o dadivas, favores o compensaciones, cualquiera que sea su naturaleza, de autoridades o funcionarios públicos.

Además, todos los miembros de Grupo ELIX se abstendrán de realizar pagos de facilitación o agilización de trámites, consistentes en la entrega de dinero u otros bienes de valor, cualquiera que sea su importe, a cambio de asegurar o agilizar el curso de un trámite, actuación o proceso de contratación pública, cualquiera que sea su naturaleza, frente a cualquier órgano judicial, administración pública u organismo oficial.

Artículo 4.4. Relaciones con los medios de comunicación y uso de redes sociales.

Como regla general, y salvo que Grupo ELIX haya designado portavoces o bien se haya recibido autorización expresa por parte de su área de comunicación, los colaboradores y miembros de la organización se abstendrán de dar información en cualquier tipo de medio de comunicación social en temas relacionados directa o indirectamente con Grupo ELIX.

En su caso, en ocasión de mantener contactos con medios de comunicación, los miembros de la organización se comprometen a tener un trato digno, respetuoso y veraz con quienes desempeñen labores en dichos medios. No se podrá divulgar información engañosa, entendiendo por tal aquélla que de cualquier manera induzca o pueda inducir a error a sus destinatarios, ni tampoco se deberá realizar publicidad engañosa o denigratoria de la competencia o de terceros.

Asimismo, se comprometen a que la información que se difunda sea veraz y transparente, respetando la privacidad y confidencialidad de las personas involucradas.

Toda la información y conocimiento que se genere en el ámbito de Grupo ELIX es propiedad del mismo en los términos que establece la legislación vigente.

Artículo 4.5 Relación con partidos políticos.

Salvo en ejecución de acuerdos debidamente adoptados por Grupo ELIX, respetando en todo caso los principios y valores contenidos en el presente Código, los miembros y colaboradores se abstendrán de realizar aportaciones a partidos políticos, autoridades, organismos y Administraciones Públicas en general, con cargo a la organización.

En su caso, la vinculación, pertenencia o colaboración de los arriba indicados con partidos políticos o con otro tipo de entidades, instituciones o asociaciones con fines públicos, deberá reflejar, sin ningún género de dudas, su carácter personal. Es decir, que se efectuó en nombre propio, evitando cualquier relación con Grupo ELIX.

Artículo 4.6 Relación con terceros contratistas y subcontratados.

La selección de entidades contratistas y subcontratadas para la prestación de servicios a Grupo ELIX se rige por criterios de objetividad y transparencia, conciliando el interés de la organización con la conveniencia de mantener relaciones estables y responsables, y con el objetivo de conseguir calidad y excelencia en los bienes y servicios recíprocamente prestados.

La acción comercial de Grupo ELIX se desarrolla en el ámbito nacional.

Grupo ELIX espera que estos terceros actúen conforme a las leyes, reglamentos, códigos sectoriales y contratos aplicables, así como a los criterios de sostenibilidad generalmente aceptados, como los relativos a protección de los derechos humanos, la seguridad y el medio ambiente y a la prevención de conductas delictivas.

Antes de iniciar una relación de negocio, el Grupo ELIX analiza, evalúa y contrasta con la diligencia debida al tercero subcontratado para asegurarse, de primera mano, acerca de su integridad, calidad e idoneidad.

Artículo 5.- Transparencia financiera y cobranza honesta.

La información de la organización refleja fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

Grupo ELIX se rige por principios contables comúnmente admitidos, por lo tanto, prohíbe llevar a cabo cualquier acción que impida u obstruya tareas de comprobación y evaluación de los estados contables.

La organización garantiza que sus registros comerciales y financieros sean exactos y completos, lo que es responsabilidad de todos los integrantes de la misma. A tal efecto, Grupo ELIX pone a disposición de sus miembros la formación necesaria para que éstos conozcan, comprendan y cumplan los compromisos establecidos en materia de control interno.

Se prohíbe llevar a cabo declaraciones y anotaciones falsas o que induzcan a error en alguna información, publicación, documento o justificante de gastos. La falsificación de documentos y cuentas o la presentación distorsionada de los hechos puede constituir fraude.

Los miembros deben respetar los presupuestos económicos consensuados con el cliente, debiendo registrar adecuadamente el tiempo y tareas dedicadas a su asunto y destinando recursos materiales y personales al mismo de forma razonable y eficiente.

Grupo ELIX procurará en todo momento facturar cantidades económicas razonables y acordes con su actividad y cumplir en todo momento lo que a este respecto recoja la documentación vinculante con cada uno de los servicios (Pliegos Administrativos, Contratos de Servicios, etc.).

Artículo 6.- Aceptación y realización de regalos e invitaciones.

En Grupo ELIX se repudia cualquier forma de soborno o corrupción, ya sea con entidades públicas como entre particulares. La organización rechaza los incentivos, regalos e invitaciones que atenten contra este principio. Estas conductas de corrupción consisten en aceptar u ofrecer un beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza, para sí o para un tercero, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la contratación de productos o servicios, en relaciones comerciales o en relaciones con las autoridades públicas. A tal efecto, y como seguidamente se expondrá, la organización establece el umbral de 200 euros año por cliente, como límite máximo de la mera cortesía.

Todos los miembros y colaboradores que actúen en nombre de Grupo ELIX se relacionarán con entidades públicas y privadas de forma lícita, ética y respetuosa.

Artículo 6.1 Aceptación de regalos e invitaciones.

Como regla general ningún miembro o colaborador debe aceptar regalos u obsequios, incluido dinero en efectivo, como medio para generar negocio en Grupo ELIX o en un tercero. Es decir, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la contratación de productos o servicios, en relaciones comerciales o en relaciones con las autoridades públicas.

Los miembros y colaboradores de Grupo ELIX sólo aceptarán obsequios, detalles, invitaciones o beneficios, de miembros de Grupo ELIX o de terceros (clientes, proveedores, colaboradores u otros), siempre que se cumplan cada una de las siguientes condiciones:

  • I. Que no se trate de dinero.
  • II. Que su valor no sea excesivo o exagerado. Es decir, que su valor se encuentre en umbrales razonables, corrientes u ordinarios, respondiendo a las prácticas habituales del sector. Las dudas deberán resolverse con el de Grupo ELIX. A tal fin, se establece el umbral de 200 euros año por miembro o colaborador, como límite máximo de la mera cortesía.
  • III. Que no pueda considerarse que condiciona la independencia y profesionalidad del miembro y/o colaborador o de Grupo ELIX.
  • IV. Que no conlleve ningún tipo de influencia sobre las actividades de Grupo ELIX, creando obligaciones o compromisos con terceros.
  • V. Que no deriven beneficios económicos indebidos para el miembro y/o colaborador o para Grupo ELIX.
  • VI. Que no cause conflicto de interés para ninguna de las partes.

Si no se cumplen todas las circunstancias expuestas, está prohibida la aceptación y consecuentemente se deberá devolver el obsequio de la misma manera que se recibió. Si la devolución del mismo pudiera ofender a quien lo entregó o las circunstancias en las que se entregó impiden su devolución, podrá aceptarse y deberá notificarse al COMITÉ DE CUMPLIMIENTO, el cual decidirá si se dona el obsequio a una entidad benéfica o, por el contrario, se distribuye o sortea entre un grupo de colaboradores y miembros de la organización.

Lo aquí dispuesto se aplica a proveedores, clientes, funcionarios, colaboradores y a cualesquiera otra persona física o jurídica que se vincule contractualmente con Grupo ELIX.

Artículo 6.2 Realización de regalos.

Se pueden hacer regalos siempre que tengan fines promocionales o profesionales relacionados con la actividad de la organización.

Pero en uno u otro caso, los regalos, obsequios y detalles que hagan los miembros y colaboradores de Grupo ELIX a terceros no podrán tener un valor excesivo o exagerado. Es decir, que su valor no se encuentre en umbrales razonables, corrientes u ordinarios, respondiendo a las prácticas habituales del sector. A efectos de lo dispuesto en este apartado, se podrá establecer el umbral de 200 euros año por cliente como límite máximo de la mera cortesía.

En el supuesto de que el regalo, obsequio o detalle pudiera considerarse de un valor excesivo o exagerado, se deberá enviar una comunicación al COMITÉ DE CUMPLIMIENTO exponiendo los motivos y éste concederá la autorización respectiva, siempre que se adecúe a lo socialmente aceptable según las prácticas comerciales y promocionales de Grupo ELIX.

En ningún caso los regalos, obsequios y detalles podrán encubrir o tener la consideración de contraprestación indebida para obtener ventajas injustificadas y/o tratos de favor indebidos. Un trato de favor indebido es aquel en el que se beneficia a una persona o entidad sin que exista un servicio o bien en contraprestación.

Cualquier supuesto que genere dudas, deberá ser comunicado al COMITÉ DE CUMPLIMIENTO a fin de que determine la procedencia o no de los mismos.
Lo aquí dispuesto se aplica en las relaciones con proveedores, clientes, funcionarios, colaboradores y con cualesquiera otra persona física o jurídica que se vincule contractualmente con Grupo ELIX.

Artículo 7.- Conflictos de interés.

Los miembros y colaboradores de Grupo ELIX deberán evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de la organización.

Un conflicto de interés se produce en aquellas situaciones en las que entren en colisión, de manera directa o indirecta, el interés personal del miembro o colaborador y los intereses de la organización.

Existirá interés personal de los mismos cuando el asunto le incumba directamente o afecte a una persona con ellos vinculada.

Todos los integrantes tienen la obligación de promover los intereses de Grupo ELIX y queda prohibido beneficiarse personalmente de oportunidades surgidas a través de información de la organización o beneficiar con ellas a terceros.

El miembro o colaborador afectado deberá informar inmediatamente al COMITÉ DE CUMPLIMIENTO si se encuentra inmerso en alguna situación similar a fin de encontrar una solución adecuada a la cuestión.

Artículo 7.1. Personas vinculadas.

A los efectos de este Código de Conducta, tendrán la consideración de personas físicas o jurídicas vinculadas al directivo, miembro o colaborador las siguientes:

  • a) El cónyuge o la persona con análoga relación de afectividad.
  • b) Los ascendientes, descendientes y hermanos del miembro o colaborador o del cónyuge (o persona con análoga relación de afectividad).
  • c) Los cónyuges (o personas con análoga relación de afectividad) de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos.
  • d) Las entidades en las que el miembro, colaborador o sus respectivas personas vinculadas, por sí o por persona interpuesta, se encuentren en alguna de las situaciones de control establecidas en la ley o en las que hayan mantenido estas relaciones de control durante los dos años inmediatamente anteriores a su toma de posesión como integrante.
  • e) Las sociedades o entidades en las que el miembro, colaborador o cualquiera de las personas vinculadas, por sí o por persona interpuestas, ejerza, o haya ejercido en los dos años anteriores a su toma de posesión, un cargo de administración o dirección o de las que perciba o haya percibido en los dos años anteriores a su toma de posesión, emolumentos por cualquier causa, siempre que, además, el directivo, miembro o colaborador ejerza, o haya ejercido en los dos años inmediatamente anteriores a su toma de posesión, directa o indirectamente, una influencia significativa en las decisiones financieras y operativas de dichas sociedades o entidades, e igualmente, cuando estas situaciones hayan tenido lugar en los dos años anteriores a su toma de posesión como directivo.

Artículo 7.2 Reglas de actuación en caso de conflicto de intereses.

En relación con los posibles conflictos de interés, los miembros y colaboradores de Grupo ELIX observarán las siguientes reglas de actuación:

  • a) Independencia: actuar en todo momento con profesionalidad, con lealtad a Grupo ELIX e independientemente de intereses propios o de terceros. En consecuencia, se abstendrán en todo caso de primar sus propios intereses a expensas de los de la organización.
  • b) Abstención: abstenerse de intervenir o influir en la toma de decisiones que puedan afectar a Grupo ELIX con las que exista conflicto de interés, de participar de las reuniones en que dichas decisiones se planteen y de acceder a información confidencial que afecte a dicho conflicto.
  • c) La concurrencia o posible concurrencia de un conflicto de interés deberá comunicarse por escrito al superior jerárquico inmediato, quien lo pondrá en conocimiento del COMITÉ DE CUMPLIMIENTO.

En la comunicación el miembro o colaborador deberá indicar:

  • a) Si el conflicto de interés le afecta personalmente o a través de una persona a él vinculada, identificándola en su caso.
  • b) La situación que da lugar al conflicto de interés, detallando en su caso el objeto y las principales condiciones de la operación o decisión proyectada.
  • c) Las medidas adoptadas para evitar el conflicto y garantizar la salvaguarda del interés general.

Estos principios generales de actuación se observarán de manera especial en aquellos supuestos en los que la situación de conflicto de interés sea, o pueda razonablemente esperarse que sea, de tal naturaleza que constituya una situación estructural y permanente y, de forma específica, en lo relativo a la contratación de bienes y servicios y al reclutamiento y contratación del personal de Grupo ELIX.

Tales asuntos deberán someterse, en todo caso, a la deliberación y decisión previa del COMITÉ DE CUMPLIMIENTO de Grupo ELIX, teniendo este último carácter vinculante.

Artículo 8.- Imagen y reputación corporativa.

La imagen positiva es un valor intangible que se construye. Responde al comportamiento que el Grupo y sus miembros construyen a lo largo del tiempo, respecto de sus distintos grupos de interés, y la percepción que este comportamiento genera. Es por eso, que desde Grupo ELIX se considera la imagen de la

organización como uno de los activos más valiosos para poder preservar la confianza de sus accionistas, clientes, empleados, proveedores, autoridades y de la sociedad en general.

Los miembros y colaboradores que abandonasen la institución o establecieran una entidad escindida o una nueva, no deberán emplear en su imagen corporativa ni denominación factores alusivos a Grupo ELIX, salvo que cuenten con el consentimiento expreso y escrito de la organización. Esto incluye la identificación como miembros del Grupo en altas en perfiles públicos y redes sociales.

Los integrantes de Grupo ELIX, aun a título personal en sus propios perfiles en redes sociales, blogs, etc. evitarán la difusión de comentarios o rumores que pudieran poner en riesgo la imagen pública de cualquier empresa de la organización. Asimismo, seguirán en sus comunicaciones el resto de los principios que se enumeran en el presente Código de Conducta, en especial en el artículo 4.4 de Relaciones con los medios de comunicación y uso de redes sociales.

  • Salvo que Grupo ELIX designe portavoces o bien se haya recibido autorización expresa por parte del área de comunicación, los miembros se abstendrán de mantener relación con cualquier tipo de medio de comunicación social en temas relacionados directa o indirectamente con la organización.
  • Se preservará la confidencialidad de la relación Cliente-Empresa, no desvelando datos de operaciones o asuntos en los que haya intervenido la organización sin previo consentimiento del cliente.
  • No se tomarán posicionamientos políticos, religiosos ni morales, evitando opinar sobre estos temas en cualquier situación en la que se identifique al miembro y colaborador como portavoz de la firma.
  • No se publicarán en redes sociales u otros medios información perjudicial para la entidad, clientes o los intereses de la organización, evitando emitir opiniones negativas o participar en debates en los que la entidad o sus intereses puedan verse afectados. Tampoco se podrá divulgar información engañosa, entendiendo por tal aquélla que de cualquier manera induzca o pueda inducir a error en sus destinatarios.
  • No se criticará públicamente a la competencia, evitando críticas a su labor y/o a su actividad

Artículo 9.- Uso de activos.

Grupo ELIX se compromete a poner a disposición de sus miembros y colaboradores los recursos y medios necesarios y adecuados para el desarrollo de su actividad empresarial.

Los miembros y colaboradores se comprometen a hacer un uso responsable de los recursos y de los medios utilizados para el ejercicio de su actividad, realizando con aquellos exclusivamente actividades profesionales en interés de Grupo ELIX.

En su caso, la utilización de equipos, sistemas y programas informáticos que la organización ponga a disposición de los miembros y colaboradores para el desarrollo de su trabajo, incluido el acceso y operativa en Internet, deberá ajustarse a criterios de seguridad y eficiencia, excluyendo cualquier uso, acción o función informática que sea ilícita o contraria a las normas o instrucciones de GRUPO ELIX.

Las empresas del Grupo son titulares de la propiedad y/o de los derechos de uso y explotación de los equipos, programas, sistemas y demás obras y derechos que hayan sido elaborados, mejorados y aprovechados por sus miembros y colaboradores, en el marco de su actividad laboral y/o con base en los sistemas, programas o equipos informáticos propiedad de la organización.

Los integrantes de Grupo ELIX respetarán el principio de confidencialidad respecto de los derechos, licencias, programas, sistemas y conocimientos tecnológicos cuya propiedad o derechos de explotación o de uso correspondan a la organización. Cualquier información o divulgación sobre los sistemas informáticos de la organización, requerirá la autorización previa del COMITÉ DE CUMPLIMIENTO.

Los miembros y colaboradores no explotarán, reproducirán, replicarán o cederán los sistemas y aplicaciones informáticas de la organización para finalidades que le sean ajenas. Asimismo, no instalarán o utilizarán en los equipos informáticos de Grupo ELIX programas o aplicaciones cuya utilización sea ilegal o que puedan dañar los sistemas o perjudicar su imagen o sus intereses, o intereses de terceras personas.

Dada la exposición de los archivos informáticos a la piratería, a la infección con virus y otros riesgos similares, los miembros de Grupo ELIX están obligados a respetar las normas de seguridad establecidas al efecto. En este sentido, todo el personal se compromete a usar en exclusiva sus claves personales de acceso, sin que puedan ceder su uso a terceros bajo justificación alguna.

Artículo 10.- Acceso a los activos.

Los medios informáticos, incluido el correo electrónico, que Grupo ELIX ponga a disposición de sus miembros, son herramientas de trabajo propiedad de la organización, tanto en relación con el hardware y software instalado como en relación con los contenidos, y como tales herramientas deberán ser destinadas al uso estrictamente profesional en función de los cometidos laborales encargados.

Por ello, Grupo ELIX podrá realizar los controles que estime oportunos sobre la utilización de tales medios puestos a su disposición, incluido el acceso a los contenidos de correo electrónico y a cualquier archivo que pudiera tener el colaborador en el ordenador, dado que los contenidos se considerarán a todos los efectos como documentación de la organización.

Artículo 11.- Protección a la propiedad intelectual o industrial.

Grupo ELIX está comprometido con la protección de la propiedad intelectual e industrial propia y ajena.

Los miembros y colaboradores de Grupo ELIX tienen prohibida la utilización de derechos de propiedad intelectual e industrial de terceros (marcas, signos distintivos, diseños industriales, patentes, modelos de utilidad, derechos de autor, etc.) sin la constancia de que disponen de los correspondientes derechos y/o licencias. El personal del Grupo adoptará las medidas necesarias para proteger la propiedad intelectual e industrial de terceros procurando que los procesos y las decisiones en este ámbito estén documentadas y puedan comprobarse y justificarse.

Los miembros y colaboradores respetan en todo momento la autoría ajena. Respecto a contenidos, imágenes y programas descargados de Internet, se cuenta con la oportuna licencia del titular de los derechos de propiedad intelectual o industrial, incluso si han sido obtenidos a través de buscadores como Google.
Todos los programas instalados en los ordenadores y dispositivos móviles de la organización cuentan con la licencia de uso correspondiente.

Las publicaciones y resultados producidos por Grupo ELIX se difundirán siempre reflejando de forma fehaciente los coeficientes de contribución y aportación individual reales de cada colaborador con arreglo a criterios únicamente de mérito y dedicación efectiva.

Ningún miembro de Grupo ELIX usará para fines particulares, ni transmitirá a otros, contenido, tecnologías, marcas, metodologías, know-how o cualquier tipo de información que pertenezca a la organización, aunque se hayan obtenido o desarrollado por el propio colaborador en su ambiente de trabajo.

Artículo 12.- Salud y seguridad en el trabajo.

Grupo ELIX promueve como parte esencial de su actividad, la salud y seguridad en el trabajo y aplica las medidas preventivas establecidas al respecto en la legislación vigente, velando porque sean observadas estrictamente por los miembros y colaboradores.

Grupo ELIX se asegura de que, tanto los miembros y colaboradores, como terceros subcontratados, cuenten con los medios necesarios para minimizar los riesgos en el trabajo. También es responsabilidad de los miembros y colaboradores que trabajan en la organización, mantener un ambiente adecuado de orden y limpieza en las instalaciones que contribuya a las prácticas seguras y a la eliminación de condiciones de riesgo en el trabajo.

Asimismo, se encuentra prohibido acudir al lugar de trabajo bajo la influencia de cualquier tipo de drogas, sustancia tóxica, psicotrópica o estupefaciente, como así también bebidas alcohólicas, mientras se esté desempeñando las funciones encomendadas.

También se encuentra prohibida la tenencia o portación de armas de cualquier clase o dispositivos potencialmente peligrosos.

Artículo 13.- Protección del medio ambiente.

Grupo ELIX afirma su compromiso de ser una organización responsable en materia medioambiental. Gestionará las operaciones inmobiliarias y las obras de construcción, edificación y urbanización con el máximo respeto al orden urbanístico y al medio ambiente, de acuerdo con su normativa estatal, autonómica y local. Todas sus actividades se realizarán de la manera más respetuosa con el medioambiente, minimizando el impacto de sus actividades sobre el mismo, desarrollando en cada etapa del proceso de elaboración de sus productos, medidas de reducción y compensación de dicho impacto. Asimismo, se procurará la gestión eficiente de los residuos propios como también del ahorro de energía para la preservación del entorno natural.

En este orden, se exige a los miembros que minimicen el impacto que la organización ocasiona en el medioambiente, a través de métodos que sean socialmente responsables, científicamente fundamentados y/o económicamente beneficiosos, promoviendo la sostenibilidad social y medioambiental de la empresa como vía para la creación responsable de valor para todos sus grupos de interés.

Artículo 14.- Responsabilidad Social Corporativa.

Grupo ELIX se compromete a mantener un compromiso ético y responsable con los proyectos de contribución solidaria, voluntaria y constante a favor de la comunidad y el medio ambiente.

En el marco de las citadas acciones, Grupo ELIX invita a sus miembros a participar de las mismas, respetando siempre y en todo caso los principios y valores de este Código y procurando no estar participando o beneficiando a partidos políticos, autoridades, organismos y Administraciones Públicas en general.
Todas las actividades de Grupo ELIX se realizarán de manera sostenible, promoviendo una mejora social, económica, ambiental y de la calidad de vida.

Artículo 15.- Cumplimiento y Régimen Disciplinario.

Este Código de Conducta es una normativa interna de obligado cumplimiento para todos los miembros de Grupo ELIX, independientemente de la jerarquía, antigüedad o funciones que tengan los distintos miembros dentro del Grupo.

Todos los miembros y colaboradores de Grupo ELIX deben cumplir y aplicar este Código de Conducta, así como el resto de políticas internas del Grupo respetuosas de los imperativos legales y éticos que rigen la profesión o actividad. En este orden, todo empleado que se incorpore o pase a formar parte del Grupo deberá aceptar los principios y normas de actuación establecidas en el mismo. Además, las terceras partes que se relacionen con Grupo ELIX deben conocer y comprometerse a respetar este Código en sus relaciones con la organización, motivo por el cual se difunde y se exige su lectura y compromiso.
Nadie, independientemente de su nivel jerárquico, está autorizado para solicitar a un empleado que contravenga lo establecido en alguna disposición de este Código.

Ni la “obediencia debida” ni el “desconocimiento” operarán como eximente de responsabilidad por el incumplimiento de una disposición del presente Código. En consecuencia, ningún empleado podrá justificar una conducta impropia amparándose en una orden superior o en el desconocimiento del Código.
Finalmente, todo incumplimiento de este Código podrá dar lugar a la aplicación del Régimen disciplinario implementado por la organización. En este sentido, dicho incumplimiento será considerado como una transgresión de la buena fe contractual, así como una negligencia en el trabajo a los efectos que oportunamente se determinen conforme a la legislación vigente en materia de disciplina laboral y/o extinción contractual. Siendo ello así, Grupo ELIX podrá imponer una sanción disciplinaria de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, la cual será valorada en atención a la gravedad del incumplimiento cometido por el colaborador y, en su caso, de los perjuicios que dicho incumplimiento pudiera ocasionar en cualquiera de las entidades que integran el Grupo ELIX.

Este régimen disciplinario es complementario a cualquier procedimiento judicial que pueda dirigirse frente al colaborador/empleado y a cualquier sanción o consecuencia que pueda derivarse de dicho procedimiento.

Artículo 16.- Canal de comunicaciones.

Los miembros y demás colaboradores de la organización tienen a su disposición un canal de comunicaciones donde, si se prefiere, de forma confidencial o anónima, deberán poner de manifiesto cualquier actividad irregular que contravenga los principios contenidos en el presente Código de Conducta, a las políticas internas de la organización, como así también cualquier comportamiento contrario a la normativa legal vigente.

Todo tipo de comunicación en este sentido deberá llevarse a cabo por escrito al siguiente correo electrónico compliance@elix.es o a través de correo postal a C/ MONTESA 25 – ESCALERA DERECHA, 4º DERECHA (MADRID) o a Carrer Balmes 150, 2º planta, 1º puerta (08008), Barcelona– a la atención del Comité de Cumplimiento, en este último caso como opción alternativa que permita el anonimato. En el mismo, se deberá incluir una descripción pormenorizada y honesta de los hechos que le sirven de fundamento, explicando cómo ha tenido conocimiento del asunto, identificación de las personas involucradas y acompañar toda la prueba que se considere oportuna para acreditar los hechos de la comunicación.

Los comportamientos que contravengan la ley o lo dispuesto en este Código de Conducta tendrán como consecuencia la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en la legislación laboral vigente para colaboradores y miembros de Grupo ELIX. Respecto a los colaboradores externos, se aplicarán las medidas que en el caso se estimen necesarias y con arreglo al criterio de proporcionalidad que garantiza el cumplimiento de este Código.

Asimismo, los miembros de Grupo ELIX deberán comunicar la incoación, evolución y resultado de todo procedimiento judicial de carácter sancionador, sea civil, laboral, penal o administrativo, en el que un colaborador de la organización sea parte investigada, inculpada o acusada, y este acontecimiento pueda afectar al ejercicio de sus funciones o perjudique la imagen o intereses del mismo.

El COMITÉ DE CUMPLIMIENTO realizará las comunicaciones y notificaciones oportunas a estos a efectos, a través del correo electrónico compliance@elix.es y de publicaciones en la Intranet de la Compañía cuando así se considere.

Por último, se recalca que sólo se deberá notificar a través del canal de comunicaciones aquellas conductas irregulares, ilícitas o una contravención al presente Código. Por lo tanto, se encuentra excluido del canal de comunicaciones: informar cuestiones de recursos humanos, reclamos por defectos de equipos de trabajo, solicitud de material de oficina, quejas, opiniones, etc., entre otras sugerencias de similar naturaleza, las cuales deberán ser canalizadas a través de los respectivos canales establecidos a estos efectos.

Artículo 17.- Interdicción de represalias.

Grupo ELIX velará porque ningún miembro que de buena fe haya reportado una infracción o irregularidad al canal de comunicaciones, sea represaliado de cualquier modo por este motivo. Es más, la represalia de cualquier tipo es una violación al presente Código de Conducta que deberá ser reportada a la mayor brevedad posible.

Artículo 18.- Vigencia y revisión.

La primera versión del presente Código de Conducta ha sido aprobada por la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de ELIX SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L. el 23 de mayo de 2017. Posteriormente, fue aprobada la presente actualización.

Deberá ser revisado y actualizado periódicamente según los posibles cambios o modificaciones de la legislación, o sugerencias y propuestas que realicen sus miembros. En definitiva, podrá ser modificado con la finalidad de mantener en todo momento la cultura de cumplimiento dentro de la organización, materializada en los principios de transparencia, responsabilidad y prudencia hacia terceros y hacia sus propios miembros y socios de negocio.

Cualquier modificación o revisión del Código será convenientemente comunicada a los miembros y colaboradores de la organización y puesta a disposición de cualesquiera personas, entidades o Administraciones que tengan relación con Grupo ELIX

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